ADMINISTRACIÓN ABIERTA




1 - ¿Qué es el acceso a la información pública?

Es tu derecho de buscar, solicitar y que te brinden información pública, que no esté comprendida en el secreto fiscal.

2 - ¿Quiénes pueden pedir el acceso a la información pública?

Cualquier persona. No requiere formalidad alguna, a excepción de la identidad del solicitante, la identificación clara de la información que se solicita y los datos de contacto, a los fines de enviar la información solicitada o anunciar que está disponible.

3 - ¿Qué información pública puedo pedir?

Cualquier información pública, excepto datos personales, información de carácter reservada y cualquier otra de las excepciones enunciadas en el Art. 18 de la Ley 9070.

4- ¿Cómo hago un pedido?

Por escrito o por medios electrónicos, indicando tu nombre y el tipo de información que solicitás. Podés hacer tu solicitud ingresando acá (link).


5 - ¿Cuál es el plazo en el que deben responder mi solicitud?

Toda solicitud de información pública debe ser respondida en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles. En algunos casos, ese plazo se puede prorrogar en forma excepcional por otros quince (15) días hábiles.

6 - ¿Qué costo tiene?

Es gratuito si el envío es electrónico. Si es necesario sacar copias, el costo de reproducción y/ costo de envío estará a cargo del solicitante.

7 - ¿En qué casos pueden negarme el acceso a la información?

En algunos casos en que la información haya sido clasificada como reservada o protegida por razones de seguridad, que pueda perjudicar los derechos e intereses legítimos de terceros, y/o que pueda poner en peligro la defensa del Estado o el correcto trámite en un juicio.

8 - ¿Qué puedo hacer si no me responden o si me niegan el acceso a la información?

En caso de no tener respuesta de una solicitud de información, ser ambigua o inexacta o incompleta, podrás realizar un reclamo ante la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública. Si lo iniciás ante el organismo que te negó el acceso, éste está obligado a remitir tu reclamo de inmediato a la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública para su resolución. Todo reclamo se presenta por escrito y dentro de los cuarenta (40) días hábiles desde que venció el plazo para brindarte la información, o de la notificación de la respuesta, indicando tu nombre completo y los datos del organismo que te negó el acceso a la información. Asimismo, será necesario presentar una copia de tu pedido de la solicitud de información presentada, y en caso de existir, una copia de la respuesta a tu pedido.