Autorización de Espectáculos Públicos - Los sujetos que organicen espectáculos públicos en la provincia de Mendoza, siempre que el ingreso al mismo sea a través de entradas, deben declarar a esta Administración Tributaria la realización de dicho evento y los comprobantes a utilizar.

Se considera Espectáculo Público a los eventos teatrales, musicales, deportivos, ferias, desfiles de moda, convenciones, congresos, parques de diversiones, circos y similares.

Deben realizar el trámite los organizadores del evento, sean personas humanas, sociedades con o sin personería jurídica, Uniones Transitorias de Empresas, y demás entes, incluso quienes se encuentren exentos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

El organizador debe estar inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Jurisdicción de Mendoza y constituir Domicilio Fiscal Electrónico.

El trámite se debe iniciar cuando realice un espectáculo en la provincia de Mendoza y el ingreso al mismo sea a través de entradas, pases o similares.

Debe iniciarlo al menos 5 días (cinco) antes de comenzar la venta de entradas.

El trámite se realiza a través de expediente electrónico desde la página de ATM.

El organizador debe ingresar con su N° de CUIT y contraseña a su Oficina Virtual desde www.atm.gov.ar – Mis trámites: Mis Trámites Online- Alta de Trámites- Trámites Remotos- Trámites Varios- ZONA: Sede Centro- GRUPO DE TRÁMITES: Fiscalización Permanente- SUBTRÁMITES: Eventos- Espectáculos Públicos.

Deberá adjuntar la siguiente documentación:

  1. NOTA con carácter de declaración jurada, informando:

  1. Datos del Organizador: Apellido y Nombre o Razón Social, N° de CUIT, N° de Ingresos Brutos, Domicilio Fiscal y N° de teléfono de contacto.

  2. Datos del evento: Denominación, Lugar, Fecha.

  3. Entradas: cantidad y precio.

  4. Lugares de comercialización de las entradas.

  5. Forma de comercialización: venta vía web, entradas impresas, etc.

  6. En caso de venta Vía Web, deberá:

  • Informar denominación de la plataforma y Link de acceso.

  • Otorgar a esta Administración Usuario y clave de consulta para constatar la comercialización de entradas.

La nota debe ser firmada en forma ológrafa por el organizador (titular, representante legal o apoderado). Dicha firma debe estar certificada.

  1. Documento Nacional de Identidad del firmante.

  2. Estatuto, Contrato social, Acta constitutiva, Resolución que acredite personería jurídica (de corresponder).

  3. Documentación que acredite personería invocada por el firmante (Acta de designación de autoridades, Poder de representación) (de corresponder).

  4. Constancia de cumplimiento fiscal ATM.

  5. Habilitación, resolución y/o autorización emitida por la Municipalidad para la realización del evento.

  6. Otras autorizaciones (de corresponder).

  7. Modelo de entrada a comercializar.

Actualización: Julio 2025.