¿Qué es el Impuesto Automotor?

El impuesto automotor es la valuación fiscal que fija la Ordenanza Impositiva Anual, que se liquida de acuerdo al peso, modelo, año, origen del vehículo etc; dando lugar a clasificarlo en distintas categorías.

Puede obtener descuentos cuando no exista deuda. Existen dos tipos de descuentos:
A- 5% de descuento por pago en término si abona la cuota anual antes del primer vencimiento.

B- Hasta un 20% de descuento por Buen Comportamiento Fiscal:
-Si al 31 de diciembre del año anterior no registra deuda obtendrá un 10% de descuento en el año en curso.
-Si durante los últimos dos años anteriores al vigente, no registró deuda al 31 de diciembre de cada uno de ellos, obtendrá un 10% adicional de descuento en el año en curso.

Si incorporó un nuevo automotor a su patrimonio se revisará el buen comportamiento en todos los automotores que tenga y se le aplicará el menor de los descuentos que registre. Si por el contrario realizó un cambio o sustitución de automotor, se transfiere el mismo descuento del vehículo vendido. Debe tener en cuenta que no es automático y sólo se aplica a pedido del contribuyente.
En caso de improcedencia en el uso de los beneficios corresponderá el ingreso de las sumas dejadas de pagar, con más accesorios, multas pertinentes y la aplicación de la Ley Penal Tributaria en caso que corresponda.

En caso de no visualizar los descuentos que le correspondieren, o a fin de informar novedades, deberá iniciar un expediente electrónico desde Mis Trámites OnLine, trámite Automotor sub trámite “descuento por buen comportamiento fiscal”

Deberá pagar la totalidad de la deuda impositiva y la totalidad de los honorarios judiciales, solicitar el levantamiento de inhibición presentando en nuestro portal
desde Mis Trámites Online, los comprobantes de pago del impuesto y de los honorarios para informar al recaudador. El trámite no es inmediato.

1- Pago duplicado: presentar los comprobantes de ambos pagos del Impuesto en nuestro portal desde Mis Trámites Online para aplicar a una deuda pendiente de cumplimiento.
2- Pago no ingresado: presentar el comprobante de pago del Impuesto en nuestro portal desde Mis Trámites Online para imputar dicho pago.
Aclaración: ambos casos no contempla acreditar pagos de un impuesto inmobiliario a uno automotor o viceversa. Además los pagos deben estar bajo la misma CUIT.

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online / Impuesto Automotor / Suspensión o Recupero por Robo Hurto del Automotor o deberá presentar en Receptoría de ATM la siguiente documentación en original para que sea iniciado el trámite:
– Formulario 04 ó T.P. / T.P.M. (Robo) emitido por el Registro del Automotor,
– Constancia de denuncia policial,
– Tasa Retributiva: Código 03 en caso de solicitar constancia del trámite. 
* Debe cancelar la deuda a la fecha del robo indicado en la denuncia policial.
* El trámite ante ATM debe hacerlo en los 45 días corridos posteriores al hecho. En caso que la deuda haya ingresado en Gestión Judicial deberá abonar además todos los gastos judiciales posteriores al robo hasta el día que presente el trámite de robo. (Art 271 Código Fiscal)

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online / Impuesto Automotor / Baja de Automotor por Destrucción y deberá presentar en  la siguiente documentación en original para que sea iniciado el trámite :
– Formulario 04, 04-D ó T.P. / T.P.M. (Baja o Baja con recupero de partes) emitido por el Registro del Automotor.
– Denuncia efectuada ante la Policía donde conste que el vehículo sufrió un accidente y resultó totalmente inutilizado (en caso de haber existido una intervención policial)
– Tasa Retributiva: Código 03 en caso de solicitar constancia del trámite. 
* Cancelar la deuda a la fecha de baja del registro o a la del siniestro indicado en la denuncia policial.

* El trámite ante ATM debe hacerlo en los 45 días corridos posteriores al siniestro. En caso que la deuda haya ingresado en Gestión Judicial deberá abonar además todos los gastos judiciales posteriores al siniestro hasta el día que presente el trámite de baja. (Art 271 Código Fiscal).

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online / Impuesto Automotor / Baja de Automotor por cambio de radicación y deberá presentar  la siguiente documentación en original para que sea iniciado el trámite :
– Título con el nuevo domicilio / Formulario 04 y/o Informe de dominio emitidos por el Registro del Automotor
– Tasa Retributiva: Código 03 en caso de solicitar constancia del trámite. Ver Pregunta N°14 para saber donde se compra .
* Cancelar la deuda a la fecha de la baja.
* El trámite ante ATM debe hacerlo en los 30 días corridos posteriores al cambio de radicación.
En caso que la deuda haya ingresado en Gestión Judicial deberá abonar además todos los gastos judiciales posteriores al cambio de radicación hasta el día que presente el trámite de baja. (Art 269 Código Fiscal)

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online -> Tramites Varios / AUTOMOTOR / Alta Automotor y deberá presentar la siguiente documentación en original para que sea iniciado el trámite:
– Título Automotor
– DNI del titular

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online y deberá presentar la siguiente documentación en original para que sea iniciado el trámite:
– Resolución del Ente de Movilidad Provincial (EMOP),
– Título del automotor

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online -> Tramites Varios / AUTOMOTOR / Diferencia de Aforo Impuesto Automotor por errores de carga o generación dominio/impuesto y deberá presentar la siguiente documentación en original para que sea iniciado el trámite :
– Título del automotor
– DNI del titular

Los automotores 0km pagan un proporcional del impuesto determinado por la Ley Impositiva del año en curso, desde la fecha de inscripción en el Registro Automotor, hasta el 31 de diciembre de ese mismo año (se cuenta por meses enteros). El mismo debe ser abonado en los 45 días siguientes a su inscripción. (Art 267 Código Fiscal).

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online -> Tramites Varios / AUTOMOTOR / Alta Automotor y deberá presentar la siguiente documentación en original para que sea iniciado el trámite :
– Título Automotor
– DNI del titular

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online -> Tramites Varios / AUTOMOTOR / Transferencia Automotor y la siguiente documentación en original para que sea iniciado el trámite:
– Título Automotor y/o Informe de Estado de Dominio
– DNI del titular

Para modificar el domicilio fiscal puede hacerlo por nuestro portal desde Mis Trámites Online con la siguiente documentación:
1- Para Personas Físicas:
– El DNI del titular con domicilio actualizado. En caso no tener actualizado el mismo puede acreditarlo con una boleta de impuesto y/o servicio.
2- Para Personas Jurídicas:
– El DNI del solicitante, Constancia Inscripción AFIP, Contrato Social o Estatuto, Aceptación de designación de autoridades, Resolución de Dirección de Personas Jurídicas (D.P.J.) con la aprobación de cambio de domicilio.

-Si el trámite es presencial puede adquirir los siguientes códigos en Banco Nación, Bolsa de Comercio o de manera Online en:
https://www.atm.mendoza.gov.ar/portalatm/zoneTop/pago/tasa/tasa_tarjeta.jsp
1- Exención Impuesto por Discapacidad : Código 533

2- Libre Deuda: Código 003

3- Baja por Robo: Código 003 (sólo si necesitas constancia del trámite)

4- Baja por Destrucción Total: Código 003 (sólo si necesitas constancia del trámite)

5- Baja por Cambio de Radicación a otra Provincia: Código 003 (sólo si necesitas constancia del trámite)

6- Estado de Cuenta: Código 533

7- Reclamo, Devolución, Crédito, Prescripción (no paga tasa Retributiva)

– Si se trata de una solicitud electrónica, cada trámite tiene especificado su código dentro del mismo. El código se compra de manera online en el momento de hacer la presentación.
El valor de las tasas retributivas varía año a año. Podés consultar el valor en la Ley Impositiva del año vigente en la sección «Normativa» de nuestra web. También podés consultarlo simulando la compra online en el link que está en el primer punto y allí podrás ver los valores actualizados.
En caso de autogestionar el Libre Deuda, recordá que el trámite es gratuito.

Si, debe estar registrado en la web de ATM. Luego debe ingresar con CUIT y Clave en «Mis Trámites» Automotores y emitir el libre deuda.
Recordá que el trámite es gratuito, por ser autogestionado

  • Si, debe estar registrado en la web de ATM. Luego debe ingresar con CUIT y Clave en «Mis Trámites» Automotores. Se puede verificar la deuda y gestionarla.

Están exentos de tributar el impuesto, los automotores hasta el modelo 1998.
En nuestra provincia se exime a través de la Ley Impositiva vigente cada año
Es decir que no existe una exención automática de acuerdo a la antigüedad del automotor.

Debe tener en cuenta que la Denuncia de Venta no tiene validez para el pago del Impuesto Automotor. El responsable del tributo es el titular registral, hasta que sea transferido. (Art.258 Código Fiscal)

Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online / Impuesto Automotor / Exención de Impuesto Automotor por Discapacidad.
Deberá presentar:
1) Certificado único de discapacidad conforme Ley Nacional 22.431
2) Título del Automotor
3) DNI
4) Tasa retributiva: Código 533

Ley N° 8394 art. 8, reglamentada por Resolución General ATM 41/12 y sus
modificatorias 59/15.
Este trámite debe realizarse por nuestro portal desde Mis Trámites Online / Impuesto Automotor / Exención de Impuesto Automotor Ex Combatientes de Malvinas.
Deberá presentar:
1) Título Automotor (En caso de ser propietario de más de un Automotor, se otorga la exención al de mayor valor fiscal)
2) Certificado emitido por la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las personas y/o Documento Nacional de Identidad con antigüedad igual o mayor a 10 años (A efectos de acreditar la residencia efectiva en la Provincia de Mendoza)
3) Copia certificada del Decreto por el que se otorga la Pensión Honorífica “Malvinas Argentinas”
4) Tasa retributiva: Código 533