SupuestoTipo de procesos comprendidosBase imponibleMomento del pago
Actuaciones judiciales con monto (DETERMINADO o DETERMINABLE) (EN TODOS LOS CASOS, REVISAR LO ESTABLECIDO POR EL CÓDIGO FISCAL, LA LEY IMPOSITIVA Y LA PLANILLA ANEXA DE TASAS RETRIBUTIVAS)1. Sumas de dinero o derechos susceptibles de apreciación pecuniariaAcciones societarias – Cobro de Alquileres – Cobro de cuotas de obra social (Laboral) – Cobro de cuotas sindicales (Laboral) – Cobro de Pesos – Consignación de Dinero – Cuest. Deriv. de Contratos de Seguros -Cuest. Deriv. De La Ley 13512 (Prop.Horiz.) – Cuest. Deriv. de Ley de Sociedades -Cuest. Deriv. de La Responsabilidad Civil -Cuest. Deriv. de Propiedad Horizontal -Cumplimiento de Contratos -Daños Deriv. de Accidentes de Tránsito -Daños Deriv. de Contratos Civiles y Comerciales – Daños Deriv. de Locación – Daños Deriv. de Violencia de Género – Daños y Perjuicios – De Conocimiento – De Conocimiento Especial – Denuncia por Daño Temido -Deudas por Expensas – Deudas por Tarjeta De Crédito -Ejecución Cambiaria -Ejecución de Sentencia (ajena) – Ejecución de Fianza Penal – Ejecución de Laudos Locales y Extranjeros – Ejecución de multas (Laboral) – Ejecución de Multas y Sanciones Conminatorias- Ejecución de resolución administrativa (Laboral) – Ejecución de Sentencia y Honorarios – Ejecución de Sentencias Extranjeras – Ejecución Hipotecaria Especial – Ejecución Prendaria o Hipotecaria – Ejecución Típica – Especial y Autónomo – Incumplimiento de Contrato -Monitorio – Monitorio Cambiaria – Monitorio Especial – Monitorio Expensas Comunes – Monitorio Hipotecaria – Monitorio Prendaria – Multas y Sanciones Conminatorias – Pagare de Consumo – Monitorio Especial- Monitorio Expensas Comunes – Monitorio Hipotecaria – Monitorio Prendaria – Multas y Sanciones Conminatorias – Proceso de Conocimiento – Proceso de Conocimiento Posterior – Repetición de Pago – Resolución de Contrato – Simulación – Tercería,Monto pretendido en la demanda (incluye intereses y actualización)Al iniciar demanda *
2. Rendición de cuentas Rendición de cuentasMonto neto de los ingresos 30 días hábiles luego de quedar firme resolución respectiva
3. Juicios de división de bienes comunes y sucesiones Ausencia con Presunción de Fallecimiento – División de Bienes Comunes – División De Condominio – Divorcio – Liquidación de Sociedad Conyugal – Disolución de Sociedades -Acciones sucesorias En base al activo que resulte. En caso de sucesiones, comprende también la parte ganancial del cónyuge supérstite.
30 días hábiles luego de quedar firme auto aprobatorio
4. Incidentes y recursos «Recurso de Apelación -Recurso Extraordinario»Monto objeto del recurso, expresado a la fecha de su interposición. Al plantear incidente o recurso*
5. Juicios Laborales Accidente (Laboral) – Acción de reinstalación en el trabajo (Laboral) – Certificación de Trabajo (Laboral) – Cobro de salarios (Laboral) – Cobro de seguros (Laboral) – Declaración de insolvencia patronal (Laboral) – Despido (Laboral) – Diferencia de Indemnización (Laboral) – Diferencias salariales (Laboral) – Ejecución de convenio (Laboral) – Enfermedad Accidente (Laboral) – Incapacidad absoluta por enfermedad inculpable (Laboral) – Indemnización por muerte (Laboral) Monto de la sentencia, transacción judicial o acuerdo entre partes (incluyendo intereses hasta el día de liquidación de la tasa), siempre y cuando el condenado en costas sea el demandado.10 días hábiles luego de quedar firme sentencia
6. Juicios sobre inmuebles con valor pecuniario Prescripción Adquisitiva, Títulos Supletorios, Posesión, Escrituración, Acción Reivindicatoria, Acciones Posesorias y de TenenciaValor Inmobiliario de Referencia del inmueble (lo establece ATM cada año) 30 días hábiles luego de quedar firme resolución respectiva
7. Concursos, quiebras y demás procesos reglados por Ley 24.522 Concurso Preventivo, Pequeños Concursos, Quiebra, Quiebra pedida por acreedor, Cromdown, incidente y/o Recurso Revisión (Art.37 L24522) por AcreedorActivo denunciado por el Síndico, o base tomada por juez para costas, el mayor.30 días hábiles luego de quedar firme resolución respectiva
8. Procesos vinculados a honorarios.Regulación de honorarios, estimación de honorarios, ejecución de honorarios, Apelación y Recursos sobre Honorarios. Monto de la sentencia (incluyendo intereses hasta el día de liquidación de la tasa). Sólo se paga Tasa si el condenado en costas no es el actor. 10 días hábiles luego de quedar firme resolución respectiva.
9. Acuerdos espontáneos.Homologación de convenio.Monto del acuerdo.5 días hábiles desde la firma del acuerdo (aún no homologado).
Actuaciones judiciales sin valor pecuniario determinable (EN TODOS LOS CASOS, REVISAR LO ESTABLECIDO POR EL CÓDIGO FISCAL, LA LEY IMPOSITIVA Y LA PLANILLA ANEXA DE TASAS RETRIBUTIVAS)1- Acciones reales
2- Desalojo
3- Inscripciones de bienes
4- Protocolizaciones y autorizaciones
5- Actos de jurisdicción voluntaria
Acción de Amparo – Acción de Inconstitucionalidad – Acción de Nulidad – Acción de Revocatoria – Acción Declarativa – Acción Preventiva – Acción Revocatoria – Acciones Reales – Árbitros – Autorización – Cancelación de Certificado de Plazo Fijo – Cancelación de Documentos – Cancelación de Hipotecas y Prendas – Cancelación de Libros Societarios – Consignación de Llaves – Convocatoria a Asamblea – Desalojo con Contrato de Alquiler – Desalojo con Contrato de Comodato – Desalojo con Contrato de Usufructo – Desalojo por Condena Anticipada – Desalojo por Contrato Verbal – Desalojo por Usurpación – Desalojos con Contrato Verbal – Deslinde – Diligenciamiento de Exhorto – Diligenciamiento de Mandamiento – Diligenciamiento de Oficio – Diligencias Preliminares – Exclusión de tutela sindical (Laboral) – Habeas Data – Incidente y/o Recurso Revisión (Art.37 L24522) por Acreedor – Incidentes (art. 93 del C.P.C. y T.) – Incumplimiento de Contrato – Información Sumaria – Medianería – Medida Autosatisfactiva – Preparación de la Vía Monitoria – Prueba Anticipada – Quiebra pedida por acreedor – Recurso de Apelación – Recurso Extraordinario – Recurso directo (art. 50 Ley 4874) (Laboral) – Rendición de Cuentas -Secuestro de Bienes Prendados – Segundo Testimonio – Transferencia del Automotor – Tasa fija establecida por la Ley Impositiva cada año, salvo que el caso concreto fuera susceptible de apreciación pecuniaria (en cuyo caso tributa como juicio con monto) Al iniciar demanda
6- Otros juicios sin valor pecuniario.Cuest. Deriv. de Contratos de Seguros -Cuest. Deriv. De La Ley 13512 (Propiedad Horizontal) – Cuest. Deriv. de la Ley de Sociedades -Cuest. Deriv. de La Responsabilidad Civil -Cuest. Deriv. de Propiedad Horizontal, Resolución o Rescisión de contratos. Tasa fija establecida por la Ley Impositiva cada año, salvo que el caso concreto fuera susceptible de apreciación pecuniaria (en cuyo caso tributa como juicio con monto) Al iniciar demanda
7. Medidas cautelaresTasa fija establecida por la Ley Impositiva cada año 10 días de trabada la medida
Actuaciones judiciales exentas de tasas de justicia (EN TODOS LOS CASOS, REVISAR LO ESTABLECIDO POR EL CÓDIGO FISCAL, LA LEY IMPOSITIVA Y LA PLANILLA ANEXA DE TASAS RETRIBUTIVAS)Artículo 312 C. Fiscal
Iniciados por Estado Nacional, Provincial o Municipal – Partidas o testimonios destinados a leyes sociales, de trabajo o previsión, asistencia social, uso escolar, trámites identificatorios, servicio militar, leyes electorales y ciudadanía – Por cada actuación administrativa o propuesta de licitaciones – Actuaciones referidas a donaciones a favor del Estado y la inscripción de fianzas de créditos del Estado – Alimentos – Amparo sindical (Laboral) – Consumo de menor cuantía (Art. 218 CPCCyT) – Conflictos Entre Vecinos (art. 218 CCPCyT) – Determinación de Capacidad – Divorcio (sin liquidación sociedad conyugal) – Ejecución Ley 8018 – Expropiación – Filiación – Insania – Medida Preventiva de Genero – Nulidad de matrimonio – Procesos de Consumo (art. 204 CPCCyT) – Rectificación de partidas – Régimen de visitas – Tenencia – Tutela (Familia).VER CADA CASO EN PARTICULAR. La exención no es definitiva en todos los casos, sino que suspende el pago de la tasa hasta el acaecimiento de determinados supuestos.
*Salvo que antes o concomitantemente se inicie u hubiera obtenido BLSG